INDEMNIZACION POR SECCIÓN DE UNA ARTERIA
SECCION DE LA RAMA RADIAL DE LA ARTERIA CUBITAL
Error en quirófano
El Juzgado de lo Contenciso-Administrativo nº 6 de Barcelona estima la reclamación efectuada por nuestra cliente bajo la dirección letrada del abogado ANTONI PALLARÈS condenando solidariamente al CASALUT y a MUTUA DE TERRASSA y a las respectivas compañías de seguros al pago de 95.000€ más intereses y costas
Nuestra clienta fue intervenida en la MUTUA DE TERRASSA el día 07-08-2014 del Síndrome del Túnel Carpiano en la mano derecha en la que además de seccionar el ligamento anular del carpio, se le secciona la rama radial de la arteria cubital. Después de múltiples visitas a Urgencias para manifestar su dolor y la tumefacción de la mano, finalmente, se le realiza revisión quirúrgica, se le practican diversas pruebas que atestiguan la existencia de un pseudoaneurisma entre el nervio mediano y la arteria cubital por lo que se procede a la LIGADURA DE LA RAMA RADIAL DE LA ARTERIA CUBITAL POR EL ARCO PALMAR CUBITA iniciándose a partir de ese momento tratamientos en clínica del dolor y de rehabilitación para intentar recuperar la funcionalidad de la mano. Todo ello sin éxito.
Posteriormente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social declaró a nuestra clienta afecta a una incapacidad permanente TOTAL para su profesión habitual, consecuencia del “SINDROME DEL DOLOR REGIONAL COMPLEJO EN EXTREMIDAD SUPERIOR DERECHA INTERVENIDA DE SINDROME DE TUNEL CARPIANO (STC) Y POSTERIORMENTE DE PSEUDOANEURISMA DE CUBITAL CON LIMITACION FUNCIONAL INCAPACITANTE
Se interpuso reclamación administrativa bajo la dirección letrada de ANTONI PALLARES que posteriormente derivo en demanda ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo donde se dictó Sentencia estimando las pretensiones de nuestro cliente otorgándole una indemnización de 95.000€ más intereses legales desde la fecha del suceso y con condena en costas a la administración demandada.