El Tribunal Superior de Justicia condena a la Comunidad Autónoma de Madrid a indemnizar con 60.000 euros por la negligencia médica cometida con un recién nacido
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la Comunidad Autónoma de Madrid, al pago de una indemnización de 60.000 euros por las secuelas provocadas a un niño derivadas de un mal manejo de un catéter umbilical que le había sido colocado al nacer.
«Se introdujo al recién nacido un catéter por vía umbilical, que era necesario para superar las hipoglucemias iniciales y para nutrición del mismo que cinco días después, tras efectuarse el traslado al Hospital 12 de octubre, se pudo comprobar que estaba mal puesto, concretamente se encontraba por debajo de la vena porta en la vena mesentérica, lo que le generó una cavernomatosis intra y extra hepática, es decir, la aparición de circulación colateral para superar la obstrucción».
Concluye la sentencia que existió una falta de vigilancia o control en torno al mantenimiento del catéter umbilical colocado al niño que coincidió en el tiempo con un agravamiento mientras estaba ingresado en el Hospital Infanta Elena. Se condena a la Administración al pago de una suma de 60.000 euros estimando así las pretensiones de los padres del niño, defendidas por nuestros abogados.
(Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo 590/2014 de 24 de julio de 2.014).
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