Negligencia médica en la cirugía estética y cirugías oculares no curativas.

Nos situamos en lo que la doctrina llama la medicina voluntaria o no curativa.
Nos referimos a las cirugías estéticas, es decir, aquellas que se llevan a cabo con la intencionalidad de conseguir un mejor aspecto físico siquiera subjetivo.
También están comprendidas en este concepto aquellas cirugías oculares que no tratan de curar ninguna enfermedad, sino mejorar la visión eliminando algunas dioptrías.
En la medicina voluntaria o satisfactiva no existe, con carácter general, una responsabilidad automática por no alcanzar el resultado deseado. La obligación asistencial sigue exigiendo una actuación diligente conforme a la práctica profesional, aunque la información previa debe ser especialmente rigurosa y las promesas o compromisos concretos asumidos, incluida la publicidad que resulte vinculante, pueden ser relevantes para valorar el caso.
La aparición de cicatrices anómalas, lesiones o pérdidas de agudeza visual, reintervenciones u otros resultados distintos de los razonablemente informados puede justificar una revisión pericial y contractual, pero la responsabilidad dependerá de la actuación profesional, la información suministrada, los compromisos concretos y la relación causal.
Son casos típicos de estética que se reclaman cicatrices anómalas, dismetrías corporales, reacciones adversas a los materiales utilizados, necesidades de reintervenciones para arreglar los efectos de la primera; en el caso de la cirugía ocular daños en la mácula, en la cornea con necesidad incluso de transplante, pérdida de agudeza visual.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que el deber de información adquiere una especial intensidad en la medicina voluntaria, porque el paciente debe poder decidir con conocimiento suficiente de riesgos, alternativas y posible insatisfacción con el resultado. Véase la reseña jurisprudencial oficial del Consejo General del Poder Judicial.
Por ello, si usted ha sufrido daños causados por una cirugía estética (liposucción, mastopexia, augmento de mamas, etc) o por cirugía ocular, puede ser conveniente revisar de forma individualizada la documentación clínica, el consentimiento informado y los compromisos asumidos para determinar si existe base suficiente para una reclamación
Archivos
Calendar
| L | M | X | J | V | S | D |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 2 | |||||
| 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 |
| 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 |
| 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 |
| 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 |
| 31 | ||||||
